Especialista advierte sobre efectividad del 30 % reservado frente a brecha de RD$300 millones de facturación
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- La especialista en contrataciones públicas Stephany Rosario cuestionó la efectividad real del 30 % de las contrataciones públicas reservado a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), al advertir que bajo una misma categoría pueden competir empresas con brechas cercanas a los RD$300 millones en facturación anual. Durante una entrevista en el programa «Primera Hora», Rosario valoró los avances introducidos por la Ley 47-25 para ampliar la participación de las Mipymes en el mercado público, pero consideró necesario evaluar cómo se distribuyen esas oportunidades, detalla una nota de prensa enviada este lunes.
Puntos clave
- “Una microempresa de subsistencia y una empresa mediana pueden ser Mipymes, pero no tienen el mismo acceso al crédito, capacidad financiera, personal, inventario ni posibilidad de soportar los costos de una contratación mientras esperan que el Estado les pague”, explicó.
- Stephany Rosario (Foto: Fuente externa)
Rosario señaló que la clasificación empresarial comprende desde microempresas con facturaciones inferiores al millón de pesos anuales hasta empresas medianas que pueden acercarse a los RD$300 millones. - La Ley 47-25 establece que las instituciones deben reservar como mínimo el 30 % de las partidas destinadas a contrataciones para procedimientos exclusivos de Mipymes: 20 % para Mipymes en general y 10 % para aquellas dirigidas por mujeres.
- “No basta con saber cuánto adjudicamos a Mipymes; tenemos que saber a cuáles Mipymes les estamos adjudicando”, sostuvo Rosario, quien planteó evaluar una mayor segmentación de las contrataciones según el tamaño y capacidad de las empresas, así como diseñar lotes compatibles con su capacidad productiva.
Contexto adicional
Anticipo y capacidad financiera
La especialista también llamó la atención sobre las condiciones que enfrentan las Mipymes después de resultar adjudicatarias. Indicó que el artículo 174 de la Ley 47-25 dispone un anticipo del 30 % con la suscripción del contrato, orden de compra o servicio en las contrataciones realizadas con Mipymes. Sin embargo, cuestionó prácticas en las que se exige al proveedor iniciar las entregas antes de recibir esos recursos o renunciar al anticipo.
Nota: este resumen se generó en modo local (sin IA externa), por lo que solo reorganiza un extracto breve de la fuente en vez de reescribir el artículo completo. Para un artículo más extenso y totalmente reescrito con otras palabras, configura una clave de Claude, OpenAI o Gemini en Ajustes.
Información basada en una publicación original de El Nuevo Diario — Economía.


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